Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, aseguró que la situación es grave, ya que da cuenta de una colaboración entre un servicio que tiene por misión la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes y no la exposición de sus antecedentes y datos que son privados. Anunció acciones por la estigmatización que esto genera.
“Facilitar a la ANI el acceso a información que posee el Sename que es relevante y pertinente para producir inteligencia y efectuar apreciaciones globales y sectoriales según las facultades que la ley ha otorgado a la ANI”.
Ese párrafo forma parte del convenio firmado el 21 de febrero pasado por la directora del Servicio Nacional de Menores (Sename) Susana Tonda y el director de la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) Gustavo Jordán. El acuerdo de colaboración entre ambas instituciones generó una polémica y eventuales acciones legales por parte de la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz.
Documentos exhibidos por el Doctor en Derecho y Académico de la Universidad de Chile, Claudio Nash aseguró que: «aprovechan para tomar medidas propias de los peores tiempos de la dictadura».
En el escrito se aborda la necesidad de compartir información para que la ANI genere “medidas de inteligencia” y para ello necesita valerse de información proporcionada por servicios de la administración del Estado. “La ANI y el Sename han acordado suscribir el presente convenio destinado al intercambio de información y a aunar esfuerzos para realizar un trabajo conjunto, a fin de contribuir al logro de una mejor y más eficiente gestión en el cumplimiento de las funciones privativas que la ley les encomienda a ambas instituciones”, dice el documento.
“La situación conocida hoy por la Defensoría de la Niñez, gracias a que fue remitida por funcionarios del Sename, reviste la máxima gravedad, porque da cuenta de un convenio de colaboración con el Servicio Nacional de Menores cuyo fin estricto y directo tiene que ver con la protección específica de los derechos humanos de aquellos niños que tiene bajo su cuidado y tutela y no la exposición de antecedentes y de aquellos datos que son privados y exclusivos de conocimiento de aquellos tribunales que han tenido información sobre la situación que los aqueja a cada uno”